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Requisitos para reclamar vicios ocultos en viviendas y vehículos

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Comprar o arrendar una vivienda o un vehículo y detectar defectos en sus instalaciones o mecanismos representa una situación tan desfavorable como común durante una transacción. En última instancia, se trata de un proceso a ciegas en el que el comprador debe confiar. Aunque este tendrá el derecho de reclamar los defectos ocultos del vehículo, residencia u otro bien adquirido o alquilado si no cumple con las especificaciones garantizadas por el vendedor en el momento de la transacción con la asistencia de un abogado especializado en Derecho Civil.

 

¿Qué son los vicios ocultos y cómo identificarlos?

Para saber cuándo y cómo reclamar los vicios ocultos encontrados en nuestro vehículo o residencia, primero debemos entender que se trata de imperfecciones que impiden el uso normal de ese bien adquirido. En este sentido, es importante destacar que los vicios ocultos pueden afectar tanto a bienes muebles como inmuebles, como es el caso de una residencia.

Así, por ejemplo, podemos encontrarnos con un electrodoméstico que cumple su función cuando queda instalado o una tubería que provoca una fuga dentro de la residencia tiempo después de haberla adquirido. En ambos casos, el comprador podrá iniciar una demanda por defectos ocultos en ambos bienes, mueble e inmueble, para lo cual será necesario recurrir a un abogado experimentado en vicios ocultos, como es el caso del despacho de abogados de Barcelona Bach Legal Group.

Para que una imperfección sea considerada defecto oculto, el daño deberá ser de tal magnitud que el comprador no pueda hacer un uso normal del vehículo, la residencia u otro bien adquirido. Es decir, hablamos de defecto oculto cuando nos encontramos ante una imperfección que, de haberse conocido, habría alterado el proceso de compra o alquiler. Y es que también en el alquiler de un bien podemos encontrar defectos ocultos, como analizaremos más adelante.

Así, consideraremos vicio oculto a un problema que en una compraventa haga que el vendedor no quiera comprar la casa o pueda renegociar su precio, de la misma forma que en un alquiler el vendedor habría discutido el dinero a abonar a sabiendas de los problemas.

 

Reclamación de vicios ocultos: plazos y requisitos

El comprador tendrá un plazo de seis meses para reclamar los vicios ocultos tras la adquisición de un objeto o bien. Sin embargo, se trata de un período que puede quedar interrumpido por las reclamaciones que se produzcan durante el proceso.

Eso sí, hay casos en los que el coste de dicho objeto es tan bajo que no es recomendable la reclamación judicial, de manera que se aconseja recurrir a un abogado que consiga que el vendedor se haga cargo de la reparación o disminuya el precio con una reclamación extrajudicial.

 

¿Quién puede reclamar los vicios ocultos?

Cualquier persona que compre un bien, mueble o inmueble, puede iniciar una reclamación por defectos ocultos en una casa, coche, etc. si consigue demostrar con la ayuda de un abogado especialista en vicios ocultos que desconocía la existencia de esos problemas en el momento de la entrega.

Como su propio nombre indica, el defecto oculto debe ser imperceptible a la vista del comprador, ya que la clave está en que este no conozca que el automóvil o residencia que está comprando tiene un desperfecto que condiciona su uso. Sin embargo, hay casos en los que la justicia ha determinado que un mecánico que compra un vehículo con vicios ocultos o un arquitecto que compra una residencia con desperfectos debería contar con las nociones básicas para saber que ese bien no cuenta con las exigencias impuestas por el vendedor, aunque no es lo normal.

 

Requisitos para reclamar los defectos ocultos

Una vez establecido qué es un vicio oculto y quién puede iniciar una reclamación por defectos ocultos en una residencia, coche u otro bien adquirido, podemos establecer tres pilares que debemos tener en cuenta para acudir a la justicia para recuperar el dinero entregado:

En primer lugar, aunque parezca obvio, el desperfecto debe estar oculto a la vista del comprador, quien de haber conocido ese defecto oculto no habría comprado el bien. Además, el problema debe tener origen antes de la compraventa o alquiler, de manera que no se podrá reclamar por defecto oculto un desperfecto que haya aparecido como consecuencia del mal uso de su nuevo dueño.

Una vez se haya determinado que el desperfecto estaba oculto al comprador en el momento de la entrega y que el fallo tiene origen antes de la misma, un perito, con la ayuda de un abogado experimentado en defectos ocultos, deberá determinar que el daño es grave y, por consiguiente, impide el uso normal de ese bien mueble o inmueble.

 

¿Existen vicios ocultos en la compraventa entre particulares?

El proceso de compraventa entre particulares no se encuentra respaldado por el régimen de consumidores y profesionales, sino que el comprador solo queda protegido por el Código Civil. Esto implica que no entra en juego la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, aunque existen garantías para los defectos ocultos en la compraventa entre particulares:

El comprador podrá renunciar al objeto comprado y recuperar el dinero invertido en la operación. Además, podrá reclamar los defectos ocultos de dicho bien si consigue demostrar que el vendedor conocía los defectos del automóvil, la residencia u otra propiedad.

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