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Cambios en la tarifa plana para autónomos en 2023

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Quiénes pueden acceder a los descuentos para autónomos

Los cambios en la tarifa plana para nuevos autónomos han modificado las reglas conocidas hasta ahora. Desde principios de enero de este año, la bonificación que permitía a los recién llegados pagar solo 60 € al mes durante 12 meses ya no está vigente. Un nuevo decreto estableció una tarifa plana de 80 €, alterando el panorama. Pero, ¿Qué pasa con aquellos que se inscribieron antes de este cambio? Los que lograron la bonificación de 60 € seguirán disfrutándola hasta que finalice el período establecido por la normativa anterior. Aún así, como adelantamos en el despacho de abogados de Barcelona Bach Legal quienes vieron su solicitud rechazada por la Seguridad Social pueden tener una oportunidad si no hay una resolución final que cierre el caso, ya sea administrativo o judicial.

Requisitos para optar a los descuentos de autónomos

La ley indica que para obtener el descuento en la cuota de autónomos, el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) debe ser inicial o que no se haya estado en el RETA en los dos años anteriores a la nueva solicitud (tres años si ya se ha disfrutado de este beneficio). Además, se ha añadido una condición nueva: no tener deudas con la Seguridad Social o Hacienda, y tampoco ser autónomo colaborador.

Estas son las condiciones actuales. Antes, solo se necesitaba ser nuevo en el RETA o no haber estado en él durante dos años previos, lo que causó muchas negativas a nuevos autónomos societarios que formaron parte de una sociedad mercantil para su negocio. Otra causa de rechazo era haber estado previamente en una mutualidad especial, como en el caso de mutualidades de la abogacía.

¿Puedo reclamar si me negaron la bonificación en 2022 como autónomo societario?

El Tribunal Supremo resolvió a favor de los autónomos societarios a los que se les debería haber reconocido el beneficio de la tarifa plana. Esto ha generado un aumento en las solicitudes de devolución de pagos indebidos a la Seguridad Social, muchas con resultados favorables. A pesar de los cambios, si aún no ha pasado mucho tiempo desde que se pagaron estas cantidades indebidas, se puede reclamar a la administración correspondiente. Se recomienda buscar asesoramiento legal especializado para seguir los pasos adecuados.

¿Me pueden negar la bonificación si estuve en una mutualidad especializada previamente?

Aunque menos común que el caso de los autónomos societarios, también ha habido sentencias a favor de autónomos en esta situación. Conseguirlo no es sencillo, ya que la Seguridad Social suele rechazar los recursos presentados en contra de estas negativas. La denegación se basa en que no sería un alta inicial en el RETA si se había ejercido la actividad en una mutualidad privada. Sin embargo, las cuotas pagadas a la mutualidad no afectan a la Seguridad Social, ya que será la mutualidad la responsable de la pensión en casos como incapacidad temporal o jubilación, no la Seguridad Social. Para obtener resoluciones favorables, contar con un abogado especializado en derecho administrativo es clave.

¿Puedo pedir que me devuelvan lo pagado en exceso después de una resolución a mi favor?

Una vez que el autónomo logra, tras una lucha contra la Administración, puede solicitar la devolución de los pagos indebidos. La Seguridad Social estará obligada a reembolsar la cantidad cobrada en exceso, incluyendo intereses desde el momento en que se debió aplicar la tarifa plana.

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