Esta semana, se nos viene a la mente la oportunidad de ser uno de los agraciados en ganar la lotería de Navidad. Cubrir huecos financieros, adquirir una vivienda o un vehículo, hacer un viaje… son las respuestas más comunes entre los afortunados. Lo intrigante es que, mientras que las probabilidades de ganar para un jugador son de 1 entre 100,000 (0.001%), Hacienda siempre se lleva el 20% del total que excede el límite exento. Por tanto, es prudente saber cómo tributar este premio de lotería de Navidad para evitar problemas con el Fisco, contando con la asesoría de un abogado especializado en Derecho Fiscal en Barcelona.
Durante el pasado año 2020, el límite exento se fijó en 40,000 euros, lo que significa que no se pagan impuestos por premios inferiores a esa cifra. Así, cuando el premio supera ese límite, se aplica un 20% de impuestos. Por lo tanto, solo los premios principales, como el primero, segundo y tercero, están sujetos al pago de impuestos, mientras que los demás quedan libres de este gravamen, según lo establecido en la Ley 16/2012, del 27 de diciembre, que regula los impuestos de la Lotería de Navidad.
¿Cuándo se abonan los impuestos de la Lotería de Navidad?
Al momento de cobrar el premio, los afortunados no deben preocuparse por la declaración del dinero, ya que Hacienda descuenta automáticamente los impuestos del premio. Esta información debe ser incluida en la declaración de la Renta, dentro del apartado de «ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales».
Para los contribuyentes no residentes, es obligatorio completar el Modelo 230 de la AEAT para aplicar las retenciones necesarias. También se requiere llenar el Modelo 136 si la retención del 20% mencionada anteriormente no se aplicó al recibir el premio.
La Lotería del Estado no se considera en la base imponible del IRPF, por lo que no es necesario abonar más en la declaración anual. Los afortunados no verán afectadas sus posibilidades de recibir ayudas públicas como prestaciones o becas.
¿Qué pasa cuando el décimo de lotería es compartido?
Es recomendable informar en la administración correspondiente que se trata de un décimo compartido, además de identificar a los ganadores. La entidad debe informar a la Agencia Tributaria. Esta acción es crucial, ya que en el momento de distribuir el premio, Hacienda podría considerar ese reparto como una donación, resultando en una doble tributación para las arcas públicas.
Cuando no se puede demostrar que el décimo pertenece a varias personas o se decide repartir el premio más tarde, se considera una donación al titular del boleto. Por lo tanto, este monto debe tributar bajo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
En los décimos de lotería de Navidad compartidos, una sola persona figura como beneficiaria y es responsable del reparto. También debe informar sobre todos los premiados, como señalamos desde el despacho de abogados Bach Legal Group en Barcelona.
Participaciones en boletos
Las participaciones en la lotería de Navidad no tienen implicaciones fiscales, ya que lo que tributa es el décimo en sí. En el caso de participaciones premiadas con más de 2,500 euros, se aplica una retención al tenedor del décimo. Es esencial identificar a los participantes para evitar que el reparto sea considerado como una donación, como se mencionó anteriormente.
Comunidad de bienes
En parejas, no es necesario estar casado bajo el régimen de gananciales para que se considere que comparten un décimo. En 2015, el Tribunal Supremo resolvió un caso de apropiación indebida. Se establece que cuando una pareja tiene una comunidad de bienes, independientemente de su estado civil, deben repartir el 50% del monto en caso de que la relación se rompa.