Abogados de constitución de sociedades
Constituir una sociedad en España es un proceso importante para que el se necesita el asesoramiento de un equipo de abogados expertos en Derecho Mercantil. Constituir una sociedad en nuestro país requiere de una serie de pasos necesarios y exigidos por la legislación, entre los cuales destaca la solicitud de la denominación social al Registro Mercantil o la redacción de los Estatutos Sociales.
Asesoramiento legal: Un abogado especializado en Derecho Mercantil puede brindar asesoramiento sobre la mejor estructura legal para tu empresa, teniendo en cuenta factores como el tipo de actividad, el número de socios, la responsabilidad deseada, entre otros.
Cumplimiento normativo: La constitución de una sociedad implica el cumplimiento de una serie de requisitos legales y formales. Un abogado de Derecho Mercantil puede guiar a través de estos requisitos para asegurar que la sociedad se establezca correctamente y cumpla con todas las regulaciones vigentes.
Redacción de estatutos: Los estatutos sociales son el documento fundamental que regula el funcionamiento interno de la sociedad. Un abogado de Derecho Mercantil puede redactar los estatutos de manera precisa y personalizada, adaptados a las necesidades y objetivos específicos de la empresa.
Trámites administrativos: La constitución de una sociedad implica una serie de trámites administrativos ante diferentes organismos públicos, como el Registro Mercantil. Un abogado puede encargarse de gestionar estos trámites de manera eficiente y asegurarse de que se completen correctamente.
Protección legal: Un abogado puede proporcionar asesoramiento sobre cómo proteger los intereses de los socios y la empresa, así como sobre las mejores prácticas legales para evitar posibles conflictos o litigios en el futuro.
En España, el capital social mínimo requerido para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) es de 3.000 euros. Este es el importe mínimo que los socios fundadores deben aportar al momento de la constitución de la sociedad. Es importante tener en cuenta que este requisito puede variar dependiendo del tipo de sociedad que se esté formando y de las leyes vigentes en el momento de la constitución. Por lo tanto, es recomendable consultar con un abogado especialista en Derecho Mercantil para obtener información actualizada y específica sobre los requisitos para la constitución de una sociedad en España.
El impuesto de sociedades es igual para todas ellas, de manera que grava los beneficios de un periodo determinado. No hay tramos en el impuesto de sociedades. Lo que sí hay son distintos tipos impositivos y para ello es necesario contactar con un equipo de abogados expertos en Derecho Mercantil, el cual te asesorará para que la constitución de tu sociedad en España se inicie conforme a la normativa.
En España, el número de socios que puede tener una sociedad varía según el tipo de sociedad que se constituya. Las dos formas más comunes de sociedades en España son la Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) y la Sociedad Anónima (S.A.). A continuación, se describen los requisitos en cuanto al número de socios para cada tipo de sociedad:
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.): Esta forma de sociedad puede tener entre 1 y 50 socios. Es posible constituir una S.R.L. con un solo socio, lo que se conoce como una «Sociedad Limitada Unipersonal».
Sociedad Anónima (S.A.): En el caso de las Sociedades Anónimas, se requiere al menos un socio fundador. No hay un límite máximo establecido para el número de accionistas en una S.A.
La unipersonalidad en el contexto de las sociedades españolas se refiere a la posibilidad de que una empresa sea constituida y mantenida por una sola persona. Esto es aplicable específicamente a las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), donde un único individuo puede ser el único socio de la empresa. La introducción de la unipersonalidad en las S.R.L. en España ha permitido que los emprendedores puedan establecer y operar empresas con una estructura más flexible y simplificada, adaptada a sus necesidades y recursos.
Sea el tipo de sociedad que sea, necesita un número de identificación, conocido comúnmente como CIF (Código de Identificación Fiscal).
Para ello, tendremos que acudir a una oficina de la Agencia Tributaria y cumplimentar el modelo 036, y marcar la casilla 110, con lo que obtendremos un CIF provisional.
Es importante a este respecto saber que, este trámite, no puede hacerse por vía telemática, sino que tiene que realizarse de manera presencial o, en su defecto, por correo certificado. Si bien, es recomendable hacerlo de manera presencial, para que el trámite se dilate lo mínimo posible y, en caso de que surgiese algún problema o duda, solventarlo en el momento.
En una Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) en España, la responsabilidad de los socios está limitada al capital que hayan aportado a la sociedad. Esto significa que los socios no responderán personalmente con su patrimonio personal más allá de la cantidad que hayan comprometido como capital social de la empresa.
La limitación de responsabilidad es una de las características clave de las S.R.L. y proporciona protección a los socios frente a las deudas y obligaciones de la empresa. En caso de que la sociedad incurra en deudas o enfrentarse a demandas, los acreedores solo podrán reclamar hasta el monto del capital social aportado por los socios. El patrimonio personal de los socios no está expuesto a las obligaciones de la empresa más allá de su inversión inicial.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta limitación de responsabilidad puede tener excepciones en casos de mala praxis, fraude o negligencia grave por parte de los socios, en los cuales los tribunales podrían decidir levantar el velo de la personalidad jurídica y hacer que los socios respondan con su patrimonio personal. Por lo tanto, aunque la responsabilidad está limitada en principio, los socios deben operar la empresa de manera ética y legal para evitar posibles consecuencias adversas.